¿Qué es el protocolo LGTBI y qué empresas deben implementarlo?

¿Qué es el protocolo LGTBI y qué empresas deben implementarlo?

Luciana Desimone

Talent Acquisition | Abogada

El pasado año 2023, se promulgó la Ley 4/2023, de 28 de febrero, la cual regula diversos aspectos orientados a proteger a las personas pertenecientes al colectivo LGTBI . Entre las obligaciones que la norma impone a las empresas, destacan aquellas relacionadas con la implementación de medidas para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.

La citada ley establece que las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras y que el contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán reglamentariamente.

A día de la fecha el desarrollo reglamentario de la Ley 4/2023 se encuentra en fase de negociación lo que implica que legalmente se desconoce con certeza qué medidas planificadas serán exigibles, así como el modo de regularlas y negociarlas.

¿A qué empresas les afecta la Ley LGTBI?

El artículo 15.1 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero establece que las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley (plazo alcanzado en este mes de marzo de 2024), con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

¿En qué consiste el protocolo LGTBI?

El artículo 15 de la Ley 4/2023 ofrece poca claridad en cuanto a los requisitos específicos del Plan, limitándose a mencionar la necesidad de incluir un conjunto de medidas y recursos para promover la igualdad de las personas LGTBI, así como un protocolo para abordar el acoso y la violencia hacia este colectivo. El propósito de estas medidas es prevenir la discriminación contra los trabajadores LGTBI y sus familias, siguiendo un proceso similar al establecido para los planes de igualdad en empresas, donde el protocolo debe ser negociado colectivamente y acordado con la representación de los trabajadores.

La Ley 4/2023 delega en el desarrollo reglamentario la determinación del contenido y alcance de estas medidas, lo que genera incertidumbre, especialmente dada la proximidad del plazo para su implementación y el hecho de que dicho desarrollo aún no se haya producido. 

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